El documento de control del transporte de mercancías ya es obligatoriamente electrónico
Desde el 5 de octubre, cargadores y transportistas deben generar en formato digital, y con código QR, el documento que acompaña a cada servicio de transporte por carretera dentro de España.

El papel desaparece del transporte de mercancías por carretera. Desde el 5 de octubre, el documento de control que debe acompañar a cada servicio de transporte dentro de España tiene que emitirse en formato electrónico.
Una obligación de la Ley de Movilidad Sostenible
La obligación procede de la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible, cuya disposición transitoria fijaba esta fecha. Los requisitos técnicos se concretaron en una resolución publicada en junio.
A quién afecta
Están obligados el cargador contractual y el transportista efectivo. La medida alcanza, por tanto, a autónomos y pymes del transporte, a empresas con flota propia, a cargadores y a operadores logísticos.
Se aplica al transporte interior de mercancías. El CMR, el documento del transporte internacional, sigue su propio régimen.
Cómo funciona
El documento debe generarse antes de que comience el servicio e incluir un código QR. En un control en carretera puede presentarse en formato electrónico o como copia impresa con ese código.
Qué supone para las pymes
Para los transportistas autónomos y las pequeñas empresas de logística, que en muchos casos seguían trabajando con talonarios en papel, la medida obliga a contar con una aplicación o un programa que genere el documento. También los cargadores, como fábricas o comercios que contratan transporte, deben asegurarse de que el documento se emite antes de cada envío.
Fuente: Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible y asociaciones del sector como Aetrac, septiembre y octubre de 2026.
Más información: Aetrac — El documento de control del transporte será obligatorio en formato digital desde el 5 de octubre.


